Ayuntamiento de Barañain/Barañaingo Udala

22 de octubre de 2020

Orden Foral 57/2020: Medidas extraordinarias como consecuencia del COVID-19

Foto noticia

Orden Foral 57/2020, de 21 de octubre de 2020, de la Consejera de salud, por la que se adoptan medidas específicas de prevención, de carácter extraordinario, para la Comunidad foral, como consecuencia de la evolución de la situación epidemiológica derivada del COVID-19.

Anuncio BON

Preguntas y respuestas sobre las nuevas medidas extraordinarias

 

 

 

 

RESUMEN

LIMITACIÓN DE MOVIMIENTOS

  • Se restringe la movilidad nocturna, entre las 23  horas y las 6 horas del día siguiente.
  • Se restringe la libre entrada y salida de personas en todo el territorio de la Comunidad Foral de Navarra, salvo desplazamientos justificados por: asistencia a centros sanitarios y docentes; trabajo; retorno al lugar de residencia habitual; cuidado de mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad y vulnerables; equipos deportivos para competiciones profesionales u oficiales de primer y segundo nivel; deportistas de alto nivel para competiciones; por fuerza mayor.
  • La circulación por carreteras y viales que atraviesen Navarra está permitida si el origen y el destino están fuera del territorio.

TRANSPORTE

  • Se reduce al 50% la ocupación de los vehículos del Transporte Urbano de la Comarca de Pamplona. Los vehículos dispondrán de dispensadores de gel hidroalcohólico a la entrada y salida, y la mitad de las ventanillas deben permanecer abiertas.
  • En el transporte interurbano se exigirá a los autobuses que haya dispensadores de gel hidroalcohólico a la entrada y salida.
  • Lo anterior no es aplicable al transporte escolar.

REUNIONES EN EL ÁMBITO PÚBLICO Y PRIVADO

  • Se limitan a un máximo de seis personas las reuniones en el ámbito público, excepto en el caso de convivientes. Se debe utilizar mascarilla y garantizar la distancia mínima de 1,5 metros.
  • En el ámbito privado quedarán limitadas a la unidad convivencial.

COMERCIO Y HOSTELERÍA

  • Los bares, restaurantes y establecimientos de restauración permanecerán cerrados, excepto los comedores de hoteles y otros alojamientos, que atenderán sólo a sus alojados, y los de centros sanitarios y socio-sanitarios, comedores escolares y servicios de comedor de carácter social. Se podrán preparar y servir comidas para llevar, con cita previa, y dispensar también café para llevar hasta las 21:00 horas.
  • Se prohíbe la venta de alcohol entre las 21:00 horas y las 8:00 horas.
  • Se suspende la actividad de bingos, salones de juegos y recreativos.
  • En hoteles y alojamientos turísticos se mantiene el aforo del 75% de las zonas comunes. En albergues con habitaciones individuales el aforo es del 75% y con habitaciones con literas, del 50%.
  • En el comercio el aforo es del 40% y el horario máximo de apertura se establece en las 21:00 horas.
  • Los centros o parques comerciales no podrán superar el 40% del aforo en cada uno de los locales situados en ellos. No se podrá permanecer en las zonas comunes ni el uso de zonas recreativas.
  • En los mercadillos, los puestos deberán estar separados frontalmente por 4,5 metros y lateralmente por al menos 1,5 metros, o en su defecto estar separados por elementos aislantes. Se garantizará la distancia interpersonal de 1,5 metros.

CELEBRACIONES

  • En los cementerios, durante la festividad de todos los Santos, se limita el aforo de los cementerios a 1 persona por cada 3m2. En las poblaciones de más de 100.000 habitantes, el aforo máximo será de 2.000 personas. Se planificará la apertura y el cierre de puertas para que los accesos y salidas se realicen de manera ordenada y escalonada.
  • Las visitas se realizarán en grupos de no más de 4 personas, manteniendo la distancia interpersonal de 1,5 metros. Las tareas de limpieza y depósito de flores deberán realizarse los días previos.
  • En los lugares de culto no se puede superar el 30% del aforo máximo. Es necesaria mascarilla y deberán garantizarse 2,25 metros cuadrados por persona.
  • En las bodas, comuniones, bautizos, confirmaciones  y otras celebraciones religiosas o civiles no se superará un 50% del aforo y deberán garantizarse 2,25 metros cuadrados por persona. En las celebraciones, tras la ceremonia, en establecimientos de hostelería y restauración se respetará la separación de 1,5 metros, con un aforo máximo de 12 personas en el interior y de 18 en el exterior. No se podrá utilizar la pista de baile.
  • En los velatorios la concentración de personas se restringe a 25 personas en espacios abiertos y 10 en espacios cerrados. En ningún caso la comitiva podrá superar las 25 personas.
  • Está prohibido el botellón y actividades similares.

CENTROS, CLUBES Y SOCIEDADES

  • Se suspenden las visitas y salidas de las residencias de mayores y de discapacidad, salvo en casos muy excepcionales.
  • Los centros de día y estancias diurnas no pueden superar el aforo del 75%.
  • Los clubes de mayores tienen un aforo del 30%.
  • Las peñas y sociedades gastronómicas permanecerán cerradas.
  • Se suspende la actividad de establecimientos con espacios multifuncionales para eventos.
  • Las bajeras y piperos no pueden abrir.

CENTROS EDUCATIVOS

  • La mascarilla es obligatoria para docentes y alumnado a partir de 1º de Primaria. En Infantil solo en entradas y salidas, patios, baños, etc.
  • Hay horarios escalonados de entrada y salida, y en el comedor.
  • En el recreo, se establecen zonas delimitadas de juego para cada aula y no se permiten juegos con balón y de contacto.

En caso de que un alumno o alumna presente síntomas compatibles con el coronavirus

  • Se le lleva a una sala para uso individual preparada para ese fin.
  • Si se confirma el positivo por PCR
    • En Infantil y Primaria, se aísla a toda el aula.
    • En Secundaria, solo a quien dé positivo o se considere contacto estrecho.

Importante: si tu hijo o hija presenta síntomas compatibles con el coronavirus, no debes llevarle a la escuela.

Más información en el folleto informativo y el documento de preguntas frecuentes.
Conoce también el plan de contingencia para el curso 2019-2020.

ACTIVIDADES CULTURALES

  • En museossalas de exposicionesmonumentos y otros equipamientos culturales el aforo es del 30% y las actividades guiadas serán en grupos de hasta 6 personas. No se realizarán inauguraciones ni acontecimientos de tipo social. El horario máximo de apertura se establece en las 21:00 horas.
  • Las actividades con guías turísticos y las salidas de turismo activo y naturaleza se realizarán, preferentemente, con cita previa y en grupos de máximo 12 personas. Se evitará el tránsito por lugares en los que puedan generarse aglomeraciones.
  • En las bibliotecas el aforo es del 30%. No se realizarán actividades para público infantil. El horario máximo de apertura se establece en las 21:00 horas.
  • Las actividades en cines, teatros y auditorios podrán desarrollar su actividad contando con butacas preasignadas, hasta el 30% del aforo. En todo caso, no se podrán superar las 100 personas. Se prohíbe el consumo de alimentos.
  • Para las actividades culturales y de ocio al aire libre el aforo es del 30%, con un límite de 200 personas. El horario máximo de apertura se establece en las 21:00 horas.

ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y AL AIRE LIBRE

  • Los centros deportivos no pueden superar el 30% de aforo para actividades de interior y del 40% para el exterior. No se podrán utilizar vestuarios, duchas y fuentes, saunas, jacuzzis o similares. El horario máximo de apertura se establece en las 21:00 horas, salvo deporte profesional para competiciones.
  • La actividad deportiva en gimnasios deberá realizarse con cita previa. En actividades con desplazamiento se mantendrán 20m2 por persona y en las de sin desplazamiento 8m2. Es obligatorio el uso de la mascarilla.
  • Las actividades deportivas profesionales se realizarán sin público.
  • Las piscinas para uso recreativo no pueden superar el 30% de aforo. En las de uso deportivo el límite será de hasta 10 personas. Se permite el uso de vestuarios, pero no de duchas. El horario máximo de apertura se establece en las 21:00 horas.
  • Los grupos para la realización de actividades físico-deportivas dirigidas, en espacios cerrados, tendrán una participación máxima de 6 personas.
  • Se pueden utilizar los parques infantileszonas deportivas y pistas de skate, con un aforo máximo del 30% de su capacidad habitual. El horario máximo de apertura se establece en las 21:00 horas.

OTRAS SITUACIONES

En las academias, autoescuelas y centros privados de enseñanza no reglada o centros de formación no se superará el 40% de su aforo máximos permitido y se garantice la distancia de 1,5 metros entre personas. El horario máximo de apertura se establece en las 21:00 horas.

Los congresos, reuniones de negocios y conferencias se realizarán de manera no presencial.

Se prohíbe fumar en espacios al aire libre cuando no se pueda respetar una distancia mínima de 2 metros.

 

Volver arriba