Nuevas medidas de prevención para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19

Acuerdo del Gobierno de Navarra, de 26 de agosto de 2020, por el que se modifica el Acuerdo del Gobierno de Navarra, de 19 de junio de 2020, por el que se declara la entrada de la Comunidad Foral de Navarra a la nueva normalidad y se dictan medidas de prevención necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, una vez superada la fase 3 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad
TEXTO COMPLETO ACUERDO GOBIERNO DE NAVARRA
Lugares de culto
- La asistencia no podrá superar el 50 % de su aforo máximo
- Se respetarán las medidas generales de protección y seguridad relativas a la distancia interpersonal y uso de mascarillas
Ceremonias nupciales y otras celebraciones sociales, religiosas y civiles
- Se podrán realizar en todo tipo de instalaciones públicas y privadas
- Límite máximo de 75 personas al aire libre
- Límite máximo de 35 personas en espacios cerrados
Aforo de las salas destinadas a la enseñanza o práctica del baile
- Se calculará según el criterio de 5 metros cuadrados por persona
- La actividad deberá contemplar la separación de 1,5 m. Si esto no es posible se deberán utilizar mascarillas
- Los grupos de alumnos serán estables y las parejas serán siempre fijas
Establecimientos de hostelería y restauración
- Deberá mantenerse la distancia de seguridad interpersonal entre mesas o agrupaciones de mesas
- La ocupación máxima de mesas o agrupaciones de mesas, será de grupos máximo de 10 personas
- El número de mesas deberá ser acorde al número de personas
Establecimientos dedicados al ocio nocturno
- Se regirán por lo dispuesto en el DLF 8/2020
- El aforo no podrá superar el 75 % de su aforo máximo
Cines, teatros, auditorios y circos
- Las butacas serán preasignadas
- No se podrá superar el 75 % del aforo
Recintos al aire libre e instalaciones taurinas
- La actividad se desarrollará contando con butacas
- No se podrá superar el 75 % del aforo
Clubes de mayores
- Se desaconseja su apertura para actividades exclusivamente de ocio si no se pueden cumplir las medidas de prevención
- El aforo será el 50 % de la capacidad máxima
Escuelas infantiles
- Podrán ejercer su actividad siguiendo las medidas preventivas exigidas
- Contarán con un protocolo de prevención y organización
Transportes públicos en vehículos de hasta 9 plazas
- Se permite ocupar la totalidad de las plazas
Recomendaciones ante la situación de especial riesgo por incremento de casos positivos por COVID-19
- Limitación de los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable
- Limitar a un máximo de 10 personas los encuentros sociales de ámbito privado